Manual para el uso de la cuenta IGV por acreditar 1673.

Para el uso y dinámica para la cuenta IGV-1673 por acreditar, se tiene que seguir la siguiente configuración de parámetros:

Paso N° 1 Propiedades de la empresa.

Se tiene que ubicar la siguiente ruta: Archivo-Empresas-Propiedades

Archivo-Empresas-Propiedades
Consignar la cuenta 1673 según su plan de cuentas.

*Una vez grabada la información, no olvidar volver a ingresar a la empresa para que tenga efecto los cambios.

PASO N°2 Verificar que la cuenta 1673-IGV se encuentre como análisis a documento.

Para ello se tiene que seguir la siguiente ruta: Archivos-Plan de cuentas-Plan de cuentas.

En esta configuración verificar que la cuenta este con análisis documentos, en caso se encuentre distinto se tendrá que modificar y cambiar.

PASO N°3 Registrar la operación.

No olvidar que para el uso de la cuenta 1673-IGV por acreditar, es necesario identificar la casuística que aplica para su uso, por ejemplo se puede usar para la dinámica de detracciones, para recibos de servicios públicos o para facturas que no se hayan recepcionado, otros.

Para este caso práctico emplearemos un recibo de servicio público.

Este es un registro típico de recibo de servicio público pero usando la cuenta 1673-IGV,teniendo en cuenta que el Art 21° de la Ley el IGV dice lo siguiente “Tratándose de los servicios de suministro de energía eléctrica, agua potable, y servicios finales telefónicos, télex y telegráficos; el crédito fiscal podrá aplicarse al vencimiento del plazo para el pago del servicio o en la fecha de pago, lo que ocurra primero”.

para temas didácticos su fecha de emisión es Noviembre y la fecha de vencimiento es en Diciembre.

Una vez registrado, se tiene que validar que la información se encuentre en el siguiente reporte: Gestión contable-Registro de compras-Igv por acreditar.

Aquí se puede validar la información registrada donde me indica que este documento esta pendiente por acreditar, eso quiere decir que todavía no puedo usarlo en mi registro de compras para efectos de SUNAT.

Para efectos didácticos el pago se realiza el 05/12/2020 y su vencimiento es el 15/12/2020.

  • Respetando el Art 21° de la ley del IGV, como el pago se realizo el 05/12/2020 y es lo que sucedió primero, podemos ya utilizar el IGV y enviar al registro de compras.
Se efectúa el pago del recibo por servicio público

Luego de realizar el pago ya podemos usar el IGV del documento, para ello hay que regresar al reporte registro de compras-Igv por acreditar y darle clic en la parte inferior de la pantalla (Enviar a registro de compras).

No olvidar ejecutar este proceso en el periodo donde se utilizara el IGV.

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